IMPORTANTE: PRÓRROGA PARA PYMES

Los sujetos que cerraron ejercicio el 31/12/2016 deberán presentar la correspondiente DD.JJ. hasta el LUNES 15 de MAYO para Sociedades con cierre en diciembre y HASTA EL 31 DE MAYO para personas humanas y resto de sociedades.

Este vencimiento originalmente establecido para el 30 de abril, aparece en la página del Ministerio de Producción con estos nuevos vencimientos, para solicitar los beneficios de “10 % de pago a cuenta en el impuesto a las ganancias por inversiones productivas” y el “bono de crédito fiscal por inversiones en bienes de capital y en obras de infraestructura”.

Esto es lo que informa la página del Ministerio de Producción :

  • Si sos persona jurídica y cerraste ejercicio el 31 de diciembre de 2016, tenés tiempo hasta el 15 de mayo.
  • Si sos persona física o perteneces al grupo de personas jurídicas con cierre de ejercicio entre julio y noviembre de 2016, tenés tiempo hasta el 31 de mayo de 2017.

Con el Régimen de Fomento a las Inversiones vas a poder descontar:

  • 10% del impuesto a las Ganancias de lo que inviertas en maquinaria o infraestructura desde el 1 de julio de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2018.
  • También vas a poder obtener un bono de crédito fiscal para cancelar impuestos nacionales y aduaneros.
  • Adherite al servicio de Trámites a Distancia y aprovechá estos beneficios.