Los dos Organismos anunciaron medidas para paliar la grave crisis que viven las empresas.
AFIP
Prórroga del plan de facilidades Puente II, ya en vigencia. Se permite la inclusión de deudas vencidas hasta el 30 de septiembre último y los saldos del Impuesto a las Ganancias personas humanas y el impuesto sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2017.
Se recalificará la inclusión a la Categoría E del SIPER de modo tal que sea necesario tener más incumplimientos para incluir al contribuyente en la misma.
Para los contribuyentes que hayan incurrido en conductas penalizables por parte del fisco, se extienden los planes de 12 a 24 cuotas.
Respecto a la diferenciación que hacía la AFIP para los controles de planes, de acuerdo a la categoría del SIPER, se igualarán las condiciones para el ingreso a las mismas quedando como único diferencial las tasas de interés.
Se generan planes para las entidades sin fines de lucro entre las que están incluidas las asociaciones civiles, que es el formato legal que adoptan las cámaras.
ARBA
Ingresos brutos: se postergará, durante noviembre y diciembre, el saldo a pagar para las empresas que facturen hasta $ 2 millones anuales. El monto acumulado se podrá abonar en 2019, en 3 cuotas sin interés.
Además, serán excluidas de los padrones de retenciones bancarias y tarjetas.
Embargos: se podrán levantar, por 3 meses, las medidas cautelares de cuentas bancarias y de derecho de crédito con la sola formalización del plan de pagos (hoy se requiere el pago del 10% de la deuda).
Planes de pagos caducos: se rehabilitarán durante 6 meses, con la obligatoriedad de abonar las cuotas vencidas que produjeron la caducidad y saldar en término el resto de los períodos a vencer.
Repetición de saldos a favor vía Web: se amplió a $ 100.000.- el límite para el acceso a la devolución de saldo a favor por Internet. Anteriormente, dicho límite era de $ 50.000.- [RN (ARBA) 35/2017].